Transcurridos los dos primeros días hábiles en estado de alarma, habiéndose interrumpido plazos, suspendido vistas y decretados servicios mínimos, es evidente que, de facto, la tramitación de los procesos judiciales, excepto los señalados urgentes en el RD 463/2020, han quedado paralizados. Lexnet sigue abierto, pero son muy pocas las notificaciones que han transitado por el portal del ministerio de justicia. En síntesis, podríamos decir que la admon. de justicia también ha quedado confinada.
Por contra, en el otro lado del mostrador, el de los abogados y procuradores, el confinamiento no equivale a que cesen sus actividades y como sea que el acceso telematico no ha sido cerrado, el dilema está servido: ¿deben presentarse escritos y demandas, aunque no sean urgentes y aún a sabiendas que no se tramitarán mientras dure la crisis?, ¿tiene sentido hacerlo, cuando el 90% de los funcionarios han sido confinados sin posibilidad de trabajar online desde sus casas?.
¿No hubiera sido más razonable que a ambos lados del mostrador se hubieran establecido las mismas reglas, interrumpiendo finalmente Lexnet?.
Entonces, a nadie le quedaría ninguna duda, porque la única prioridad sería protegerse para vencer a esta maldita pandemia !